Cuando una pareja de hecho (esté o no inscrita en el Registro de Parejas de Hecho) decide poner fin a su relación de convivencia y existen hijos menores comunes, se deben poner de acuerdo sobre diversos aspectos: la guarda y custodia, régimen de visitas, alimentos, etc. Es decir, cuando se produce una separación con hijos sin estar casados, se debe iniciar un procedimiento de medidas paternofiliales.
Exista o no un vínculo matrimonial, si hay hijos menores de edad se debe de iniciar un proceso judicial, en el mismo momento en el que cesa la convivencia entre ambos progenitores. Mediante este proceso se decidirán todas las bases que regirán todo el proceso de separación entre los padres y los hijos.
Cabe destacar que, no se distingue entre un proceso de separación o divorcio y lo que vamos a explicaros a continuación es independiente de si los hijos son o no frutos del matrimonio, o en este caso de la unión. Es decir, que el interés de los menores prevalecerá en todo momento durante el proceso sobre el de los padres, estas medidas previstas quedan recogidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La separación de los cónyuges puede hacerse de dos formas, en función del acuerdo que haya entre ambas partes:
La vivienda es otro de los puntos de conflicto en todo tipo de separación. Hay que tener esto en cuenta:
Al igual que sucede en un divorcio con hijos menores, en la separación de pareja de hecho con hijos el convenio regulador regirá las relaciones entre los hijos menores y los progenitores estableciéndose entre otras cosas:
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