Todo lo que debes saber de los divorcios con hijos y sin trabajo

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Cuando un matrimonio decide divorciarse puede ocurrir que una de las partes de la pareja quede en una peor situación económica tras la disolución del vínculo matrimonial, puesto que durante el matrimonio ha dependido económicamente de su cónyuge.

Esto puede deberse a que la parte perjudicada tras el divorcio no tuviera un trabajo con anterioridad al proceso, bien porque estuviera en búsqueda de empleo o porque dejó su trabajo para dedicarse a cuidar del hogar y de sus hijos.

La pensión compensatoria: cuándo corresponde

La pensión compensatoria es una ayuda económica que se le otorga a la persona más desfavorecida económicamente tras el divorcio. Esta prestación irá destinada a sufragar gastos necesarios como los costes en alimentación, higiene personal, facturas de agua y luz, etc. En definitiva, todas las necesidades básicas de la persona.

El cónyuge desfavorecido deberá solicitar de forma expresa al Juez su necesidad de obtener una pensión compensatoria para equilibrar su situación económica tras el divorcio. Este podrá rechazarla si se dan los siguientes supuestos:

  • Cuando la separación o el divorcio ocasione un desequilibrio económico en los dos integrantes del matrimonio.
  • Cuando los dos cónyuges dispongan de bienes o ingresos propios que les permitan tener un nivel económico similar al que poseían durante el matrimonio.

Para que la pensión compensatoria sea reconocida a favor del cónyuge más desprotegido, el desequilibrio económico debe producirse únicamente en uno de los integrantes del matrimonio.

Para poder valorar la cuantía otorgada mediante la pensión compensatoria se tendrán en cuenta una serie de factores, como son la edad, el estado de salud, la cualificación profesional o la probabilidades de acceso a un empleo del cónyuge desfavorecido, entre otros muchos factores. No obstante, el Juez podrá valorar los criterios orientativos que expone el Código Civil e incluir otros de relevancia para poder valorar de la forma más objetiva posible el desequilibrio económico existente y la cuantía a adjudicar a la parte desfavorecida.

La pensión de alimentos

Si en un proceso de divorcio con hijos menores a cargo, una de las dos partes del matrimonio queda desprotegida económicamente a causa de la separación, podrá compatibilizar el cobro de una pensión compensatoria con una pensión de alimentos.

Para obtener la pensión de alimentos, se deberá presentar una demanda para exigir la obligación de alimentos para los hijos por parte del progenitor no custodio.

Esta prestación, que irá destinada a sufragar los gastos de los hijos, tales como los escolares o los sanitarios entre otros, se establecerá en función de la situación económica de los progenitores y de las necesidades que tengan los hijos. Si el progenitor custodio no tuviera trabajo, esta cuantía podría elevarse para poder hacer frente a todos los gastos que tengan los hijos.

La pensión de alimentos podrá percibirse también si se tienen hijos mayores de edad o emancipados, que convivan en el domicilio familiar y que no posean ingresos propios por causas no imputables a ellos.

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