Divorcios contenciosos: Todo lo que debes saber

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Se procede a un divorcio contencioso cuando dos cónyuges quieren la disolución del matrimonio pero ha sido imposible llegar a un mutuo acuerdo sobre la solicitud de divorcio o los contenidos del convenio regulador. Por lo tanto, estos acuden frente a un juez junto a la presencia de sus abogados de confianza para encontrar una solución.

Cabe destacar que, este proceso de divorcio no requiere el consentimiento de ambas partes ni tampoco es necesario alegar causas. Por lo tanto, una vez se inicie el proceso, la otra parte está obligada a formar parte del mismo.

Características del divorcio contencioso

Primero que nada, los divorcios contenciosos están regulados por el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que rige el procedimiento de las demandas de separación y divorcio.

Aparte de lo que ya hemos mencionado sobre quién puede iniciar un divorcio contencioso, no es necesario consentimiento alguno de la otra parte, pero hay que tener en cuenta que, no puede solicitarse hasta pasados 3 meses de haber contraído matrimonio, excepto si existe riesgo para la vida o la integridad física, psíquica o económica de la parte que inicia la demanda de divorcio.

A su vez, conlleva un coste mucho mayor y es más extenso que un divorcio de mutuo acuerdo. Aunque, por otro lado, pueden solicitarse medidas provisionales destinadas a regular de forma transitoria las cuestiones relacionadas con los hijos, vivienda, alimentos, régimen de visitas, cargas del matrimonio, entre otras.

Por último, este procedimiento se da por finalizado mediante una sentencia de divorcio en la que el juez establece las condiciones, que pueden o no satisfacer las pretensiones de las partes.

Desistimiento del divorcio contencioso

Mucha gente se pregunta si es posible desistir de un divorcio contencioso, y es normal porque, ¿qué pasa si durante el procedimiento, los cónyuges se retractan y llegan a un acuerdo amistoso?
Bien, pues en ese caso, cabe la posibilidad de convertir el divorcio contencioso en uno de mutuo acuerdo según la regla 5° del artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Según esta cláusula, las partes pueden solicitar que se interrumpa el proceso para dar paso a un divorcio de mutuo acuerdo en cualquier momento del proceso contencioso.

Una vez llegada a la decisión de interrumpir el proceso, las partes deben presentar escrito ante el juzgado solicitando la transformación del divorcio contencioso en mutuo acuerdo y acompañando un convenio regulador firmado por ambos cónyuges.

El juzgado, transformará el procedimiento a mutuo acuerdo citando a ambos cónyuges para que se ratifiquen en el convenio presentado. Una vez ratificados, dicho convenio regulador para al Ministerio Fiscal y si ése da su aprobación el juez dictará sentencia disolviendo el matrimonio por divorcio y aprobando el convenio regulador.

De todos modos, si en tu caso no es posible llegar a un acuerdo y no te queda más remedio que iniciar un divorcio contencioso, te recomendamos que cuentes con abogados expertos en divorcios para mantenerte asesorado en todo momento y asegurar tu éxito durante el procedimiento.

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