¿Cuándo conviene escuchar a los menores en un divorcio?

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Puede suceder que durante un proceso de divorcio, las partes implicadas se mantengan en un bucle de conflictividad en el que los principales perjudicados son los hijos de la misma pareja. Se les considera los principales afectados puesto que tras el divorcio, por lo general y en la mayoría de casos su vida cambia de forma drástica para ellos.

Normativa y Legislación

En el artículo 12 de la Convención de Derechos del Niño, se establece que deberá garantizarse a los que niños que puedan formarse un juicio propio el derecho a expresar su opinión en todo procedimiento administrativo o judicial que le afecte.

Según el Código Civil, concretamente el artículo 159, en caso discrepancia entre ambos progenitores, el Juez tomará la decisión teniendo en cuenta el beneficio de los hijos, al cuidado de qué progenitor quedarán los menores de edad; teniendo que escucharlos antes de tomar la decisión y solamente en el caso de que estos sean mayores de 12 años.

Asimismo, en el Código Civil Catalán se manifiesta, en los artículos 221-6.2 y 236-11.4 que los menores tienen derecho a ser informados y escuchados, según su edad y capacidad, y en todo caso si ha cumplido 12 años, previamente a que se tome una decisión que le afecte.

Y lo mismo dice la Ley de Protección Jurídica del Menor en su artículo 9, al igual que la Ley de Enjuiciamiento Civil en el artículo 770.4°.

Entonces… ¿cuándo se procede a escuchar al menor?

Primero que nada, la legislación ha optado por establecer la edad de 12 años como límite mínimo para realizar dicho procedimiento, considerando que a partir de esta edad el menor goza de la madurez necesaria para ello. En cuanto a la práctica, se le realizará una exploración al menor, y hasta que no finalice ésta, el Juez no pondrá en duda la madurez del joven.

Sin embargo, este hecho no quita que no se proceda a realizar una exploración a menores de 12 años si el Juez lo ve conveniente, solo que en estos casos no se da por hecho su madurez.

Cabe destacar que la exploración judicial del menor se practica en todos los casos de divorcio en los que el menor tenga como mínimo 12 años, ya que, el juez tiene la obligación de escucharlo; en caso de que el menor tenga menos de 12 años quedará al arbitrio del juez su exploración o no, dependiendo de la edad que tenga y de su madurez.

Entonces… ¿cuándo se procede a escuchar al menor?

Primero que nada, la legislación ha optado por establecer la edad de 12 años como límite mínimo para realizar dicho procedimiento, considerando que a partir de esta edad el menor goza de la madurez necesaria para ello. En cuanto a la práctica, se le realizará una exploración al menor, y hasta que no finalice ésta, el Juez no pondrá en duda la madurez del joven.

Sin embargo, este hecho no quita que no se proceda a realizar una exploración a menores de 12 años si el Juez lo ve conveniente, solo que en estos casos no se da por hecho su madurez.

Cabe destacar que la exploración judicial del menor se practica en todos los casos de divorcio en los que el menor tenga como mínimo 12 años, ya que, el juez tiene la obligación de escucharlo; en caso de que el menor tenga menos de 12 años quedará al arbitrio del juez su exploración o no, dependiendo de la edad que tenga y de su madurez.

Metodología de la exploración del menor de edad

Este tipo de audiencias se realizan generalmente en la sala donde se celebra el juicio, en la que están presentes el Juez, el Fiscal y un secretario para transcribir lo que diga el menor. Es decir, se prescinde de la presencia de los abogados, padres o procuradores.

Estas precauciones se toman para evitar que el menor se sienta presionado por la presencia de sus padres, aunque no son pocas las ocasiones en las que igualmente se sienten presionados por ellos sin su presencia. La duración media de la exploración es de en torno a 10 y 15 minutos.

Una vez realizada y tomada la decisión por parte del juez, en la sentencia que redacte, deberá hacer referencia a los hechos y determinados detalles que haya expuesto el menor en el caso de que le haya ayudado a tomar la decisión o incluso la haya reforzado.

En Legis Nova Abogados somos expertos en procesos de divorcio, en caso de tener alguna duda o necesitar realizar cualquier consulta sobre Derecho de Familia, no dudes en contactar con nosotros. Porque sabemos lo que supone para las parejas una separación o divorcio, y más cuando hay hijos por medio; te ayudaremos a conseguir lo mejor para ellos.

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