El procedimiento de modificación de medidas definitivas, adoptadas de mutuo acuerdo o de manera contenciosa en una sentencia anterior de divorcio, separación o guarda y custodia, permite adaptar aquéllas al nuevo contexto personal o económico de los ex-cónyuges, progenitores o hijos.
Las sentencias firmes, como regla general, no pueden ser modificadas con posterioridad. Sin embargo, en las resoluciones judiciales dictadas en los procesos de familia, que pueden revisarse más tarde, si se cumplen los requisitos legales establecidos y existe una variación sustancial de circunstancias.
El procedimiento de modificación de las medidas establecidas en una de estas sentencias puede iniciarse a instancia de:
Los requisitos formales para poder solicitar la modificación de la custodia son los siguientes:
Cuando se dan alguno o varios de los siguientes casos expuestos, la modificación correspondiente puede suponer un cambio en la guarda y custodia, ampliación o reducción del régimen de visitas, rebaja en la pensión de alimentos etc.
Dicho todo esto, recuerda que para entablar una demanda de modificación de medidas es necesario acreditar, el cambio de circunstancias personales o económicas, así como recopilar el mayor número de documentos e información posible. En Legis Nova Abogados contamos con una amplia experiencia y especialización en casos derecho de familia, no dudes en contar con nosotros si lo necesitas.
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